Foro de la Asociacion Motociclista de Oviedo
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Autor Tema: Dudas en el tema de limitar la moto.  (Leído 1157 veces)
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« : 19 de Junio de 2009, 22:22:13 »

Hola a tod@s:

     Tengo varias dudas, con el tema de limitar la moto. Espero que algun@ pueda ayudarme.

Por vago, no saque el carnet de moto grande hasta hace 1 año y algo, pero tengo 15 años de carnet A y 10 del de coche, no se si la limitación es solo para las personas que sacan, vamos a decir de nuevos, el A o en casos como el mio, no sería efectiva.

También me gustaría saber si alguno, sabe lo que puede costar limitar una moto tipo GS500, ya que espero, si la máquina de reñir, me deja, poner en el museo la TRZ, que por cierto lo merece, y buscarme una moto de segundamano, para seguir aprendiendo.

Luego también he leido mucho sobre el tema de limitarla en "papeles" o limitarla "mecanicamente", se que es por mi bien y aunque lleve más de 15 años conduciondo moto y sin accidentes (toco madera, osea la mi cabeza) pensais que aunque tenga experiencia debería limitarla "mecanicamente".

Muchas Gracias de antemano.

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« Respuesta #1 : 20 de Junio de 2009, 02:39:07 »



   Hola: tres cosas solamente que espero te saquen de dudas y luego tu actuas en consecuencia.

   1º- la limitacion es para todos los carnets de moto grande, como tu dices, de menos de dos años,pero no en todas las motos, solo en aquellas que la potencia supere los kw establecidos por ley.

   2º- la limitacion en papeles no te la va ha hacer nadie con dos dedos de frente, pero si compras una moto de segunda mano, que aunque no este limitada, en la documentaion figure como limitada, porque en su dia asi fue, puede colar.

   3º- en caso de accidente (Dios no lo quiera) si el seguro comprueba que la moto no esta limitada debiendo el conductor habitual tenerla como tal te buscan la ruina.

   Tambien decirte que no hay forma de saber de la limitacion de una moto, salvo con un banco de potencia, cosa que en Asturias no hay, al menos que yo sepa.

   El precio es muy relativo, ya que existen diferentes tipos de limitacion para las diferente marcas de motos, e incluso hay algunas que no se pueden limitar, pero en cualquier caso ,ronda, salvo timadores los 250 ó 300 euros ,puede ser incluso menos, todo depende de las marcas, si es con kit o simplemente un "freno" del tipo que sea.

   Un saludo
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« Respuesta #2 : 21 de Junio de 2009, 08:59:26 »

Muchas gracias por tu contestacion.
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« Respuesta #3 : 22 de Junio de 2009, 08:27:32 »

Hola a tod@s:

     Tengo varias dudas, con el tema de limitar la moto. Espero que algun@ pueda ayudarme.

Por vago, no saque el carnet de moto grande hasta hace 1 año y algo, pero tengo 15 años de carnet A y 10 del de coche, no se si la limitación es solo para las personas que sacan, vamos a decir de nuevos, el A o en casos como el mio, no sería efectiva.

También me gustaría saber si alguno, sabe lo que puede costar limitar una moto tipo GS500, ya que espero, si la máquina de reñir, me deja, poner en el museo la TRZ, que por cierto lo merece, y buscarme una moto de segundamano, para seguir aprendiendo.

Luego también he leido mucho sobre el tema de limitarla en "papeles" o limitarla "mecanicamente", se que es por mi bien y aunque lleve más de 15 años conduciondo moto y sin accidentes (toco madera, osea la mi cabeza) pensais que aunque tenga experiencia debería limitarla "mecanicamente".

Muchas Gracias de antemano.



No entiendo esto. Si tienes 10 años del A no tendrías que limitar nada. Pero por otro lado dices que tienes el carnet de moto grande desde hace 1 año y algo.

Supongo que tienes 10 años del A1 y 15 del B. Pero no se yo, tú dirás.
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Saludos, Héctor.
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« Respuesta #4 : 22 de Junio de 2009, 13:27:43 »

[No entiendo esto. Si tienes 10 años del A no tendrías que limitar nada. Pero por otro lado dices que tienes el carnet de moto grande desde hace 1 año y algo.

Supongo que tienes 10 años del A1 y 15 del B. Pero no se yo, tú dirás.

Perdona, Trisquel que igual me lie con las nomenclaturas.

cuando yo saqué el carnet con 16 años creo era el A1 sino recuerdo mal y erá hasta 125 cc. (o hasta 75 cc no recuerdo al 100%) digamos que de aquella el A era el carnet para moto "grande" osea que podías llevar cualquier moto sin limitación con dicho carnet.

Por VAGO no saqué el A en aquella época, y bueno hace algo más de un año me anime y saque el actual A. Solo necesité la prueba de circuito, al tener el A1.

Mi duda, es si para la gente como yo, con tantos años de carnet, A1, y al igual que para el examen solo nos exigen una parte, ¿el tema de la limitación durante 2 años es efectiva?

Muchas gracias, otra vez Sonrisa
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« Respuesta #5 : 22 de Junio de 2009, 15:16:33 »

¿Efectivo? Desde luego que no desde el momento que se permite que alguien con carnet A pero que nunca tuviera moto pueda conducir cualquier vehículo solo por el paso del tiempo y sin experiencia demostrable.

Pero ¿quien dijo eso de que el sentido común era el menos común de los sentidos?

Esto es España, amigos. Aquí puedes estudiar medicina y serás médico toda tu vida da igual ejerzas que no.

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Saludos, Héctor.
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« Respuesta #6 : 24 de Junio de 2009, 21:12:24 »

¿Efectivo? Desde luego que no desde el momento que se permite que alguien con carnet A pero que nunca tuviera moto pueda conducir cualquier vehículo solo por el paso del tiempo y sin experiencia demostrable.

Pero ¿quien dijo eso de que el sentido común era el menos común de los sentidos?

Esto es España, amigos. Aquí puedes estudiar medicina y serás médico toda tu vida da igual ejerzas que no.



I AGREEEE JEJEJEEE
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"Dime cuando, cuando, cuaaaando..."


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« Respuesta #7 : 16 de Agosto de 2009, 09:32:08 »

...
Mi duda, es si para la gente como yo, con tantos años de carnet, A1, y al igual que para el examen solo nos exigen una parte, ¿el tema de la limitación durante 2 años es efectiva?
...


A ver amigo savedios,

1º) Sï tienes que limitar la moto, da igual que te la den solo en papeles o no: en caso de siniestro se comprueba de oficio si la motocicleta está limitada.

2º) Estás obligado a limitar motos con más de 34 CV (25 kw).

3º) Para cualquier moto hay kit, puesto que no te pueden (al menos hasta Noviembre) prohibir andar con moto de gran cubicaje limitada. Para eso hay empresas nacionales y extranjeras que, aunque no exista kit, te hacen uno o te certifican la validez de otro similar (esto da una idea de la falsa rigurosidad del kit y su aplicación): p.ej, yo lo saqué en esta empresa que tenía su base en Monaco, pero ahora ya la tiene en España: http://www.alphatechnik.es/limitacion/?page=kits&brand=suzuki. SI no existe un kit para una moto en particular te lo hacen y te lo dejan al mismo precio. En su día fue mi caso.

El kit no restringe los caballos exactamente a 34, puedes coger motos limitadas que claramente tienen más y otras estar peladas: todo depende del kit, que puede ir desde un simple precinto que permite unicamente 2/5 del recorrido del acelerador hasta unas tapas para las toberas de admisión perforadas + limitación recorrido acelerador e incluso reprogramación del chip en caso de inyección electrónica (los más baratos generalmente y según la marca). También influye el hecho de, en el caso de los kits que limitan el recorrido del acelerador unicamente, donde entrega la potencia tu moto: las mono y bicilíndricas tienen por lo general más par a revoluciones bajas, por lo que "andan" más estando limitadas que otras tri o tetracilindricas.

Una advertencia: ahora se considera delito no llevar la moto limitada, pues se le aplica la misma gravedad que le aplicarias a una persona que conduce un vehiculo sin tener carnet, ojo. Por tanto, no solo no paga la aseguradora en caso de accidente, sino que puedes pagar con carcel indemnizacíones cuantiosas etc.

En general, mucho ojito con andar irregularmente ahora (esto no es lo mismo que andar hace 3 o 4 años) y pide que pongan el kit reglamentariamente y en condiciones. He de reconocer que en ocasiones, viene bien no poder pasar de cierto punto tras un calenton y de paso, aprendes a gestionar la potencia que te queda utilizando el cambio, inercias en la marcha y nomedigas cuantas cosas más.

Ala, se buenu...
« Última modificación: 16 de Agosto de 2009, 09:36:26 por Ferrerino » En línea

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« Respuesta #8 : 29 de Octubre de 2009, 17:11:00 »

...
Mi duda, es si para la gente como yo, con tantos años de carnet, A1, y al igual que para el examen solo nos exigen una parte, ¿el tema de la limitación durante 2 años es efectiva?
...


A ver amigo savedios,

1º) Sï tienes que limitar la moto, da igual que te la den solo en papeles o no: en caso de siniestro se comprueba de oficio si la motocicleta está limitada.

2º) Estás obligado a limitar motos con más de 34 CV (25 kw).

3º) Para cualquier moto hay kit, puesto que no te pueden (al menos hasta Noviembre) prohibir andar con moto de gran cubicaje limitada. Para eso hay empresas nacionales y extranjeras que, aunque no exista kit, te hacen uno o te certifican la validez de otro similar (esto da una idea de la falsa rigurosidad del kit y su aplicación): p.ej, yo lo saqué en esta empresa que tenía su base en Monaco, pero ahora ya la tiene en España: http://www.alphatechnik.es/limitacion/?page=kits&brand=suzuki. SI no existe un kit para una moto en particular te lo hacen y te lo dejan al mismo precio. En su día fue mi caso.

El kit no restringe los caballos exactamente a 34, puedes coger motos limitadas que claramente tienen más y otras estar peladas: todo depende del kit, que puede ir desde un simple precinto que permite unicamente 2/5 del recorrido del acelerador hasta unas tapas para las toberas de admisión perforadas + limitación recorrido acelerador e incluso reprogramación del chip en caso de inyección electrónica (los más baratos generalmente y según la marca). También influye el hecho de, en el caso de los kits que limitan el recorrido del acelerador unicamente, donde entrega la potencia tu moto: las mono y bicilíndricas tienen por lo general más par a revoluciones bajas, por lo que "andan" más estando limitadas que otras tri o tetracilindricas.

Una advertencia: ahora se considera delito no llevar la moto limitada, pues se le aplica la misma gravedad que le aplicarias a una persona que conduce un vehiculo sin tener carnet, ojo. Por tanto, no solo no paga la aseguradora en caso de accidente, sino que puedes pagar con carcel indemnizacíones cuantiosas etc.

En general, mucho ojito con andar irregularmente ahora (esto no es lo mismo que andar hace 3 o 4 años) y pide que pongan el kit reglamentariamente y en condiciones. He de reconocer que en ocasiones, viene bien no poder pasar de cierto punto tras un calenton y de paso, aprendes a gestionar la potencia que te queda utilizando el cambio, inercias en la marcha y nomedigas cuantas cosas más.

Ala, se buenu...


Muchas gracias.
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¿Donde está la otra mitad de Oriente Medio?


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« Respuesta #9 : 25 de Marzo de 2010, 00:16:49 »

Necesito que me lo expliqueis lo mas detallado posible, porque ya escuche detodo.
Tengo el permiso de conduccion como sigue :

El B desde el 26 de enero de 1.977

El A1 y el A desde el 16 de abril de 1.985

Todo esto nuevo ¿va conmigo?

Que diantres es la limitacion de papeles, de moto, o de lo que sea? Ni parjolera idea. Huh? Huh? Huh?
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Tato
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« Respuesta #10 : 25 de Marzo de 2010, 09:19:35 »

Me temo que no va contigo si tu moto es de 125 o 250 cc como tengo entendido ya esta bastante limitada de por si ....   Sonreir
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Tato
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« Respuesta #11 : 25 de Marzo de 2010, 09:51:50 »

Me temo que no va contigo si tu moto es de 125 o 250 cc como tengo entendido ya esta bastante limitada de por si ....   Sonreir

 Cheesy Cheesy Que cab......

Nada de eso te afecta Juanjo.
De todas formas, todo eso ha cambiado un poco desde hace unos meses, así que esa información ya no es válida.
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juanjo56
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¿Donde está la otra mitad de Oriente Medio?


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« Respuesta #12 : 26 de Marzo de 2010, 01:42:09 »

 icon_twisted :icon_twisted:Coñes Tato:no suponia esa vena umoristica (sí sí, sin jache) tuya.Ya crecera igual que una parte de mi cuerpo que ya no me acordaba como era. icon_mrgreen icon_mrgreen icon_mrgreen se entiende ¿no? digooooo el cc.
Gracias por aclarararmelo Nacho, parece que no tengo que revolver papeleo, pero ¡¡leñe!! sigo sin saber lo que es eso de la limitacion.Especie protejida de color gris o ,marron de orejas algo largas? Pos eso, parezcome yo a eso descrito. icon_eek icon_eek :icon_eek:Me lo expliquen por favor,o por c!&$*%¿?nes. icon_evil icon_evil
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